El pago de la cuota del colegio profesional por el empleador se considera retribución en especie o dineraria
Ficha tecnica
Resumen
Una abogada consulta si la cuota de su colegio profesional pagada por su empleador tributa de forma distinta. La DGT responde que dicho pago constituye una retribución en especie o dineraria y que su deducibilidad depende de la obligatoriedad de la colegiación.
En 6 claves
A quien afecta
Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.
Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Que hacer y antes de cuando
Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.