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V1579-22 ·30 de junio de 2022 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La pérdida por fraude en criptomonedas no es deducible si no se cumplen los requisitos del art. 14.2.k) de la LIRPF

Un contribuyente pregunta si puede deducir en su IRPF la pérdida de una inversión en criptomonedas tras ser víctima de un fraude en una plataforma. La DGT responde que la pérdida de un crédito no devuelto solo es fiscalmente deducible cuando el derecho de crédito es incobrable bajo supuestos específicos de la ley.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2022-06-30PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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