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V1173-26 ·20 de mayo de 2026 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

El alquiler de vivienda turística sin servicios hoteleros se califica como rendimiento del capital inmobiliario

Una propietaria en Tenerife consulta si el alquiler de su vivienda a turistas mediante plataformas, ofreciendo solo servicios accesorios, tributa por IGIC o IVA y qué calificación tiene en el IRPF. La DGT indica que la operación no está sujeta al IVA por la localización en Canarias y remite la consulta sobre IGIC al Gobierno de Canarias, mientras que en el IRPF los ingresos serán rendimientos del capital si no se prestan servicios hoteleros ni se emplea a una persona a jornada completa.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-05-20PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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