Ir al contenido
V1124-20 ·29 de abril de 2020 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Los servicios agrícolas accesorios pueden tributar en el régimen especial de IVA si no superan el 20% del volumen de operaciones

Un agricultor consulta si puede prestar servicios agrícolas sin salir del régimen especial de IVA e IRPF. La DGT aclara que los servicios accesorios están incluidos en el régimen especial de IVA si no superan el 20% del volumen de operaciones de la explotación principal.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2020-04-29PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto