Ir al contenido
V1105-26 ·18 de mayo de 2026 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Las entregas de bienes a interfaces digitales son operaciones sujetas y exentas con derecho a la deducción

Un empresario no establecido en la UE pregunta sobre las obligaciones de facturación y declaración de las ventas realizadas a través de una interfaz digital. La DGT aclara que estas entregas son operaciones sujetas pero exentas según el artículo 20.bis de la Ley del IVA, lo que permite la deducción del impuesto.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-05-18PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto