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V1094-24 ·22 de mayo de 2024 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Los servicios jurídicos a particulares fuera de la UE no están sujetos al IVA, salvo que se usen en España

Una sociedad de servicios jurídicos consulta si sus prestaciones a clientes particulares fuera de la UE están sujetas al IVA. La DGT responde que, por regla general, no están sujetas, pero advierte que podrían tributar si se cumple el criterio de uso o explotación efectiva en territorio español.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2024-05-22PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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