Ir al contenido
V1090-26 ·18 de mayo de 2026 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

El IVA indebidamente repercutido no constituye una obligación tributaria, sino un crédito entre particulares

Una sociedad consulta si el IVA pagado indebidamente por operaciones no sujetas es un crédito comercial y cuál es su tratamiento en el Impuesto sobre Sociedades. La DGT responde que no existe relación jurídico-tributaria en estos pagos y que su tratamiento fiscal dependerá de su contabilización y del cumplimiento de los requisitos de deducibilidad de pérdidas por deterioro.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-05-18PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto