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V1090-26 ·18 May 2026 ·consulta-vinculante Medium impact
Tax

El IVA indebidamente repercutido no constituye una obligación tributaria, sino un crédito entre particulares

Una sociedad consulta si el IVA pagado indebidamente por operaciones no sujetas es un crédito comercial y cuál es su tratamiento en el Impuesto sobre Sociedades. La DGT responde que no existe relación jurídico-tributaria en estos pagos y que su tratamiento fiscal dependerá de su contabilización y del cumplimiento de los requisitos de deducibilidad de pérdidas por deterioro.

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2026-05-18PublishedPublished in the BOE
Official text Based on BOE data (boe.es). Information, not advice.

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This analysis is informational only and does not constitute legal advice or create a client-adviser relationship. BM Consulting.
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