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MEDIO
FISCAL

Imposibilidad de tributación conjunta de los cónyuges si el hijo menor de uno de ellos tributa conjuntamente con el otro progenitor

V1050-25

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia

Ficha tecnica

Tipo
consulta-vinculante (que es?)
Identificador
V1050-25
Publicacion
25 jun 2025

Resumen

Se consulta si un contribuyente casado puede tributar conjuntamente con su cónyuge cuando el hijo de esta, de una relación anterior, tributa conjuntamente con su otro progenitor en régimen de custodia compartida. La DGT responde que esto no es posible porque el menor formaría parte de dos unidades familiares a la vez.

En 5 claves

A quien afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Que hacer y antes de cuando

Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Linea de vida

2025-06-25PublicacionPublicacion en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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