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V0971-15 ·26 de marzo de 2015 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La fusión de sociedades con motivos económicos válidos puede acogerse al régimen especial de IS y no estar sujeta a IVA

Se consulta si una fusión por absorción para concentrar actividades de arrendamiento puede aplicar el régimen especial de IS, si está no sujeta a IVA y su tratamiento en ITP/AJD. La DGT responde que si la operación tiene motivos económicos válidos y cumple requisitos mercantiles, puede aplicar el régimen especial de IS y, si se transmite una unidad económica autónoma, no estará sujeta a IVA.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2015-03-26PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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