Ir al contenido
V0950-18 ·11 de abril de 2018 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Las operaciones entre vinculadas deben valorarse por su valor de mercado según el artículo 18 de la LIS

Una empresa consulta si el mecanismo y el porcentaje del 15% para fijar el precio de una cesión de derechos de uso entre partes vinculadas es válido. La DGT responde que las operaciones entre vinculadas deben valorarse por su valor de mercado y que la elección del método de valoración es responsabilidad de las entidades.

En 5 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2018-04-11PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto