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V0941-14 ·2 de abril de 2014 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La inexistencia de ganancia patrimonial en el donante requiere el cumplimiento de los requisitos del art. 20.6 LISD

El consultante pregunta si la donación de participaciones sociales de una sociedad de arrendamiento de inmuebles puede estar exenta de ganancia patrimonial en IRPF cumpliendo solo los requisitos de la normativa autonómica gallega. La DGT responde que para que no exista ganancia patrimonial en el donante debe cumplirse estrictamente lo establecido en el artículo 20.6 de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2014-04-02PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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