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V0930-20 ·17 de abril de 2020 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

No se puede aplicar el régimen de especialidades por alimentos en el ejercicio en que no se ha producido la ruptura matrimonial

Un contribuyente pregunta si puede aplicar el tratamiento fiscal especial de las pensiones de alimentos pagadas desde febrero de 2019, antes de la sentencia de divorcio. La DGT responde que no es posible porque el régimen requiere la ruptura del vínculo matrimonial.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2020-04-17PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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