Ir al contenido
V0832-22 ·19 de abril de 2022 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Es posible deducir el IVA de la energía eléctrica para recargar un vehículo si se acredita su afectación a la actividad

Un taxista en régimen de estimación objetiva consulta si puede deducir el IVA de la electricidad para recargar su vehículo híbrido enchufable. La DGT responde que sí es deducible siempre que se demuestre que el consumo se afecta al desarrollo de la actividad profesional.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2022-04-19PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto