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V0811-15 ·13 de marzo de 2015 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Los excesos de adjudicación por cambio de régimen económico pueden tributar en ITP o ISD según su naturaleza

La consulta pregunta por la tributación al cambiar el régimen de gananciales a separación de bienes. La DGT explica que la adjudicación del haber ganancial está exenta en el ITP, pero los excesos de adjudicación tributarán en ITP (si son onerosos) o en ISD (si son lucrativos).

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2015-03-13PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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