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V0792-26 ·9 de abril de 2026 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

El valor de referencia del Catastro no es el valor de transmisión en el IIVTNU, pero puede usarse para la comprobación de valores

El consultante pregunta si el Ayuntamiento puede sustituir el precio de compraventa por el valor de referencia del Catastro para el impuesto de plusvalía. La DGT responde que la normativa del IIVTNU no contempla este valor como base, aunque la Administración puede usarlo como medio de comprobación.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-04-09PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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