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MEDIO
FISCAL

No se puede aplicar la reducción del 30% basándose en el tiempo transcurrido desde el devengo hasta el cobro

V0776-25

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia

Ficha tecnica

Tipo
consulta-vinculante (que es?)
Identificador
V0776-25
Publicacion
5 may 2025

Resumen

El consultante pregunta si puede aplicar la reducción del artículo 18.2 de la LIRPF por cobrar ingresos de trabajo con más de dos años de diferencia entre su devengo y la reclamación. La DGT responde que el periodo de generación se refiere al tiempo en que se produjeron los rendimientos y no al tiempo transcurrido tras su devengo.

En 6 claves

A quien afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Que hacer y antes de cuando

Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Linea de vida

2025-05-05PublicacionPublicacion en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
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