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V0604-15 ·18 de febrero de 2015 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

No se aplica el recargo de equivalencia a los portabicis por ser considerados accesorios de vehículos a motor

Una comunidad de bienes consulta si los productos que comercializa para transformar furgonetas en autocaravanas están sujetos al régimen de recargo de equivalencia. La DGT determina que los portabicis son accesorios de vehículos y quedan excluidos, mientras que el resto de productos sí tributan por dicho régimen.

En 5 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2015-02-18PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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