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V0565-26 ·11 de marzo de 2026 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

El cese voluntario de la relación laboral para iniciar una nueva actividad no implica la exclusión del régimen especial

Un contribuyente y su cónyuge, acogidos al régimen especial del artículo 93 de la LIRPF, consultan si el cese voluntario de su relación laboral para iniciar una nueva actividad como administradores conlleva la exclusión del régimen. La DGT responde que no se produce la exclusión siempre que se cumplan los requisitos del artículo 93 de la LIRPF para la nueva actividad.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-03-11PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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