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V0380-14 ·14 de febrero de 2014 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Los servicios de guía turística prestados fuera de España no están sujetos al IVA español ni al IRNR

Un guía residente en España consulta si sus servicios prestados en el extranjero y los pagos que realiza a profesionales locales están sujetos a impuestos españoles. La DGT determina que los servicios fuera de España no están sujetos al IVA español y que los pagos a extranjeros no tributan por IRNR al no utilizarse en territorio español.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2014-02-14PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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