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V0359-22 ·24 de febrero de 2022 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Se puede aplicar el régimen especial de fusiones si existen motivos económicos válidos y se cumple la normativa mercantil

Una empresa consultó si la fusión entre dos entidades de un grupo internacional podía acogerse al régimen especial de fusiones del Impuesto sobre Sociedades. La DGT indica que es posible si la operación cumple los requisitos de la Ley de Sociedades de Capital y la LIS, y si los motivos económicos alegados son válidos y no tienen como fin principal la ventaja fiscal.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2022-02-24PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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