Ir al contenido
V0222-20 ·3 de febrero de 2020 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Una fusión podría acogerse al régimen especial si se realiza bajo la Ley de modificaciones estructurales y tiene motivos económicos válidos

La consultante pregunta si una operación de fusión puede aplicar el régimen especial de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos. La DGT indica que si la operación cumple los requisitos mercantiles y del artículo 76.1 de la LIS, podría aplicar dicho régimen, siempre que no tenga como fin principal el fraude o la ventaja fiscal.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2020-02-03PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto