Ir al contenido
MEDIO
FISCAL

La percepción de un seguro de vida por un beneficiario distinto del contratante tributa en el ISD

V0221-25

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia

Ficha tecnica

Tipo
consulta-vinculante (que es?)
Identificador
V0221-25
Publicacion
25 feb 2025

Resumen

El consultante pregunta por la tributación de una operación tras el fallecimiento de su primo. La DGT responde que la prestación de un seguro de vida está sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones si el beneficiario no es el contratante.

En 6 claves

A quien afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Que hacer y antes de cuando

Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Linea de vida

2025-02-25PublicacionPublicacion en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situacion concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto