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V0106-23 ·1 de febrero de 2023 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Los legados de cosa ajena y de alimentos son cargas deducibles de la base imponible del Impuesto sobre Sucesiones

Unos herederos consultan si pueden deducir de su impuesto las cantidades que una sentencia les obliga a pagar a una legataria. La DGT responde que estos pagos tienen consideración de legado de cosa ajena y de alimentos, por lo que son cargas deducibles.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2023-02-01PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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