La Resolución de 27 de abril de 2026 corrige errores en la publicación del VII Convenio Colectivo de General Óptica, SA, previamente publicado el 23 de marzo de 2026 (art. 1). El texto corregido se registra y publica oficialmente como versión válida. No se introducen cambios sustantivos en el contenido del convenio, solo en su redacción formal.
Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.
Esta normativa no afecta directamente al perfil startup.
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Esta normativa no afecta directamente al perfil gran empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil no residente.
Los trabajadores de General Óptica, SA, acceden a la versión corregida del convenio colectivo desde la fecha de publicación. Las empresas del sector óptico que no son de General Óptica, SA, no están afectadas. La administración laboral actualiza su registro oficial sin cambios en las condiciones laborales aplicables.
Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.
El equipo laboral revisa tu situación concreta.