La Orden TED/432/2026 deroga la Orden TED/1379/2022 y establece las bases para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo del programa ambiental en ríos del Cantábrico. Las solicitudes deben presentarse en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.1.
Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.
Esta normativa no afecta directamente al perfil startup.
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Esta normativa no afecta directamente al perfil gran empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil no residente.
Las entidades sin ánimo de lucro en el ámbito del Cantábrico deben presentar sus solicitudes de subvención en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor (art. 4.1). El plazo no incluye la revisión de la documentación, que será objeto de evaluación posterior. Las administraciones del Cantábrico asumen la responsabilidad de la evaluación y adjudicación de las subvenciones.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Presentar solicitud de subvención para el Programa de Sensibilización y Voluntariado Ambiental en ríos | art. 4.1 | 3 meses desde entrada en vigor |
El equipo subvenciones revisa tu situación concreta.