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BOE-A-2026-9521 ·1 de mayo de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Fabricantes y representantes de equipos eléctricos: modificación de la autorización del transformador Alce Electrik modelo 4MR12 variante F

La Secretaría General de Industria y Desarrollo Energético modifica la autorización del modelo 4MR12 variante F del transformador de medida de tensión en alta tensión fabricado por Alce Electrik (Hechos 2). Esta modificación responde a una solicitud de extensión de las características técnicas autorizadas inicialmente en 2021 (Hechos 3). La nueva autorización incluye nuevas relaciones de tensión asignada y clases de precisión (Hechos 2).

En 3 claves

  1. Validez de la autorización hasta el 30 de septiembre de 2026, prorrogable previa petición (Condiciones 1). (Condiciones 1)
  2. Obligación de superar control de verificación en origen por verificador autorizado antes de la instalación (Condiciones 3). (Condiciones 3)
  3. Carácter transitorio: requiere solicitar evaluación de conformidad en el plazo de un año tras la entrada en vigor de nueva reglamentación (Condiciones 2). (Condiciones 2)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Aplica a este perfil

  • Empresas que comercialicen o utilicen el transformador Alce Electrik modelo 4MR12 variante F

Hechos 2

Cómo afecta a los implicados

Para Siemens, SA, en su calidad de representante de Alce Electrik, la resolución permite la comercialización y uso del modelo 4MR12 variante F con las nuevas especificaciones técnicas en todo el territorio nacional (Hechos 2.4). Los usuarios de estos equipos deberán asegurar que superen el control de verificación en origen por un verificador autorizado antes de su instalación (Condiciones 3). La validez de esta autorización está limitada al 30 de septiembre de 2026 (Condiciones 1).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Realizar control de verificación en origen mediante verificador de medidas eléctricas autorizado antes de la instalación Condiciones 3
Solicitar la evaluación de conformidad en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la nueva reglamentación aplicable Condiciones 2 1 año desde la entrada en vigor de la reglamentación
Presentar solicitud de prórroga ante la Secretaría General de Industria y Desarrollo Energético antes del vencimiento Condiciones 1 antes del 30 de septiembre de 2026

Línea de vida

2026-05-01PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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