Empresas de pastas alimenticias: 1 enero 2025 para aplicar el nuevo convenio colectivo
Ficha tecnica
Resumen
El XII Convenio Colectivo Nacional para las industrias de pastas alimenticias entra en vigor el 1 de enero de 2025 y se publica en el BOE por resolución de 23 de abril de 2026. Este convenio regula condiciones laborales para el periodo 2025-2026 y está sujeto a prorrogabilidad. Su entrada en vigor se deriva del artículo 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, y se vincula con el convenio publicado previamente el 9 de marzo de 2023.
En 2 claves
- El convenio entra en vigor el 1 de enero de 2025 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
- El convenio se publica por resolución del 23 de abril de 2026 (Resolución de 23 de abril de 2026)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas del sector de pastas alimenticias
- Con independencia del tamaño
art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
Aplica a este perfil
- Si el autónomo desarrolla actividades en el sector de pastas alimenticias
Como afecta a los implicados
Las empresas del sector de pastas alimenticias deben aplicar las nuevas condiciones laborales establecidas desde el 1 de enero de 2025. Los trabajadores obtienen nuevas condiciones de trabajo, mientras que las empresas deben ajustar sus políticas internas. Los asesores laborales deben verificar el cumplimiento del convenio y las posibles modificaciones en los contratos colectivos.
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
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