Entidades con medio propio: 3 meses para ajustar tarifas de Tragsa o multas de hasta 15.000 EUR
Ficha tecnica
Resumen
La Resolución de 24 de abril de 2026 establece nuevas tarifas para Tragsa y Tragsatec aplicables a entidades con medio propio personificado, revisando los coeficientes de precios simples en actuaciones no sujetas a impuestos. Se basa en el artículo 6.5 del Real Decreto 345/2025 y en la disposición adicional 24 de la Ley 9/2017. Las entidades deben ajustar sus contratos o enfrentar multas por incumplimiento del plazo establecido.
En 2 claves
- Entidades con medio propio: nuevas tarifas de Tragsa y Tragsatec a partir de 2026 (art. 6.5 del Real Decreto 345/2025)
- Plazo de 3 meses para ajustar contratos o enfrentar multas de hasta 15.000 EUR (disposición adicional 24 de la Ley 9/2017)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas del sector agrario
- Que consideren su medio propio personificado
art. 6.5 del Real Decreto 345/2025
Aplica a este perfil
- Autónomos que realicen actuaciones en medios propios
- Con contratos de servicios técnicos con Tragsa
Aplica a este perfil
- Empresas agrarias con medio propio personificado
- Que contraten servicios de Tragsa o Tragsatec
disposición adicional 24 de la Ley 9/2017
Como afecta a los implicados
Para las entidades del sector agrario que consideran su medio propio, implica un cambio en las tarifas de servicios técnicos y de transformación, afectando directamente sus costos operativos. Las administraciones públicas que contratan servicios de Tragsa deben revisar sus contratos y ajustar precios. Los asesores de contratación deben actualizar sus análisis de costes y plazos de cumplimiento. El plazo de 3 meses para ajustar las tarifas genera un riesgo de multas si no se actúa en tiempo útil.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar contratos de servicios técnicos con Tragsa o Tragsatec para ajustar tarifas | art. 6.5 del Real Decreto 345/2025 | 3 meses desde la entrada en vigor |
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