La Orden CLT/383/2026 establece las nuevas denominaciones oficiales para tres Bibliotecas Públicas del Estado situadas en la comunidad de Castilla-La Mancha (art. Primero). Estas designaciones específicas deben figurar obligatoriamente en los edificios, sellos identificadores e impresos de las instituciones (art. Primero). La norma también dispone la necesidad de modificar el anexo del Convenio de Gestión de Bibliotecas de Titularidad Estatal de 1984 para reflejar estos cambios (art. Segundo).
Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Aplica a este perfil
art. Primero
Para la Administración (Ministerio de Cultura y Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha), la norma obliga a la actualización de la documentación oficial, sellos e identificación física de las bibliotecas afectadas (art. Primero). No se prevén impactos económicos o de gestión para el ciudadano, salvo la actualización de la nomenclatura institucional en los servicios de préstamo y consulta.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Actualizar denominaciones en edificios, sellos e impresos de las bibliotecas | art. Primero | |
| Modificar el anexo del Convenio de Gestión de Bibliotecas de 1984 | art. Segundo |
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