Las administraciones regionales y estatales deben publicar en BOE acuerdos sobre valoración de discapacidad en Canarias dentro de 30 días
Ficha tecnica
Resumen
La Secretaría General de Coordinación Territorial publica en el BOE un acuerdo bilatera entre el Estado y Canarias sobre procedimientos de valoración de discapacidad, derivado del Decreto-ley canario 4/2025. Este acuerdo establece la coordinación en la calificación del grado de discapacidad, conforme a lo previsto en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979. La publicación se realiza conforme a la normativa constitucional sobre cooperación administrativa (art. 33 LO 2/1979).
En 2 claves
- Se publica en BOE un acuerdo bilatera entre Estado y Canarias sobre valoración de discapacidad (art. 33 LO 2/1979)
- El acuerdo se basa en el Decreto-ley 4/2025 de Canarias para valoración de discapacidad (anexo del acuerdo)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas que gestionen servicios a personas con discapacidad en Canarias
Aplica a este perfil
- Autónomos que atienden personas con discapacidad en Canarias
Aplica a este perfil
- Personas con discapacidad que requieran valoración en Canarias
Aplica a este perfil
- Empresas con servicios de salud o atención social en Canarias
Aplica a este perfil
- No residentes en Canarias que requieran valoración de discapacidad
Como afecta a los implicados
Las administraciones públicas de Canarias y del Estado deben coordinar y publicar los procedimientos de valoración de discapacidad en el BOE. Los centros de atención a personas con discapacidad podrán aplicar los nuevos criterios de calificación. Los profesionales de la salud y los servicios sociales deben adaptar sus procesos a la nueva coordinación. Los asesores y representantes de personas con discapacidad deben verificar que los procedimientos estén alineados con el nuevo acuerdo.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Verificar que los procedimientos de valoración de discapacidad en Canarias estén alineados con el nuevo acuerdo bilatera | anexo del acuerdo |
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
- cumplimiento-fiscal/impuesto-sociedadesVer servicio →