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BOE-A-2026-9153 ·27 de abril de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Sociedades en liquidación concursal: se exige autorización judicial para inscribir cesiones en pago que contradigan el plan de liquidación

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve sobre la suspensión de la inscripción registral de una escritura de cesión en pago parcial de deuda realizada por una sociedad en liquidación concursal. La resolución señala que, ante indicios de contradicción entre la transmisión efectuada y el plan de liquidación aprobado (como la inclusión de fincas que ya no formaban parte de la masa activa), es necesaria la debida autorización judicial para proceder a la inscripción (Hechos II).

En 2 claves

  1. Se requiere autorización judicial para inscribir transmisiones que presenten contradicciones con el plan de liquidación (Hechos II) (Hechos II)
  2. La contradicción entre el título y el inventario de la masa activa justifica la exigencia de control judicial (Hechos II) (Hechos II)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Sociedades en situación de liquidación concursal
  • Que realicen cesiones en pago de activos

Hechos I

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Cómo afecta a los implicados

Para las sociedades en liquidación concursal, la administración concursal no puede realizar cesiones en pago de forma discrecional si estas no se ajustan estrictamente al plan de liquidación aprobado, bajo riesgo de que el Registrador suspenda la inscripción (Hechos II). Para los acreedores que reciben cesiones en pago (como Temfor Tierras, SL), existe el riesgo de inseguridad jurídica y demora en la titularidad de los bienes si la transmisión requiere una validación judicial adicional para superar la calificación negativa del registrador (Hechos I).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Obtener autorización judicial para la inscripción de cesiones en pago que no se ajusten estrictamente al plan de liquidación Hechos II

Línea de vida

2026-04-27PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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