La Resolución de 13 de abril de 2026 aprueba la actualización de las tablas salariales del XIX Convenio Colectivo Estatal para empresas de consultoría, TI y estudios de mercado. Este cambio establece un plazo de 3 meses para que las empresas actualicen sus salarios según las nuevas tablas, de lo contrario podrán ser sancionadas con multas de hasta 1.500 EUR por incumplimiento. La norma se enmarca en el Real Decreto Legislativo 2/2015 y se aplica conforme al Real Decreto 713/2010 y a la Resolución de 4 de abril de 2025.
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art. 90.2 y 3 del texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015
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Para las empresas de consultoría, TI y estudios de mercado, implica una obligación de actualizar salarios en un plazo de 3 meses. Los trabajadores podrían ver ajustes salariales en función de las nuevas tablas. Los asesores laborales deben verificar que las empresas cumplan con la actualización para evitar sanciones. Las administraciones públicas podrían usar esta actualización como base para futuras inspecciones.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Actualizar salarios según las nuevas tablas salariales del XIX Convenio Colectivo | art. 90.2 y 3 del texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015 | 3 meses desde la publicación |
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