Autoescuelas: 1 de enero de 2024 a 31 de diciembre de 2026 con el XXIV Convenio Colectivo Nacional aplicable
Ficha tecnica
Resumen
El XXIV Convenio Colectivo Nacional de Autoescuelas entra en vigor el 1 de enero de 2024 y se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2026, conforme al artículo 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015. Este periodo es prorrogable. La norma regula condiciones laborales en autoescuelas, sustituyendo al anterior convenio publicado en marzo de 2022.
En 2 claves
- El XXIV Convenio Colectivo Nacional de Autoescuelas aplica desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2026 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
- El periodo de aplicación es prorrogable (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas dedicadas a la formación de conductores
- Con independencia del tamaño
art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
Aplica a este perfil
- Autónomos que operen autoescuelas o tengan personal de formación
Aplica a este perfil
- Empresas con actividad en formación de conductores
art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
Como afecta a los implicados
Las autoescuelas deben ajustar sus condiciones laborales a las nuevas normas del XXIV Convenio Colectivo, especialmente en materia de jornada, salario y derechos de los trabajadores. Los trabajadores en autoescuelas obtienen mayor protección laboral y claridad en sus condiciones. Los asesores y representantes sindicales deben actualizar sus informes y acuerdos. Las administraciones regionales deben verificar la aplicación del convenio en sus registros.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Ajustar condiciones laborales a las del XXIV Convenio Colectivo Nacional | art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 |
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
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