El XXIV Convenio Colectivo Nacional de Autoescuelas entra en vigor el 1 de enero de 2024 y se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2026, conforme al artículo 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015. Este periodo es prorrogable. La norma regula condiciones laborales en autoescuelas, sustituyendo al anterior convenio publicado en marzo de 2022.
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art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
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Las autoescuelas deben ajustar sus condiciones laborales a las nuevas normas del XXIV Convenio Colectivo, especialmente en materia de jornada, salario y derechos de los trabajadores. Los trabajadores en autoescuelas obtienen mayor protección laboral y claridad en sus condiciones. Los asesores y representantes sindicales deben actualizar sus informes y acuerdos. Las administraciones regionales deben verificar la aplicación del convenio en sus registros.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Ajustar condiciones laborales a las del XXIV Convenio Colectivo Nacional | art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 |
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