La Orden TED/352/2026 establece las bases para la concesión de ayudas en el Programa Nacional de Exploración Minera 2026-2030. Se basa en el art. 17 de la Ley 38/2003 y en los reglamentos (UE) 2024/1252 y (UE) 651/2014. Las empresas mineras deben presentar sus solicitudes de ayudas dentro de un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor del orden.
Aplica a este perfil
art. 17 Ley 38/2003
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
art. 17 Ley 38/2003
Aplica a este perfil
art. 17 Ley 38/2003
Las empresas mineras deben presentar solicitudes de ayudas dentro de seis meses desde la entrada en vigor. El plazo no se extiende a otras actividades económicas. Las administraciones públicas deben organizar el proceso de evaluación conforme a los reglamentos europeos citados. El sector minero tiene acceso a nuevas ayudas, pero debe cumplir con los procedimientos establecidos en el orden.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Presentar solicitud de ayuda dentro de 6 meses desde la entrada en vigor | art. 17 Ley 38/2003 | 6 meses desde entrada en vigor |
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