La Secretaría General de Pesca publica la lista de especies para el año 2026 que cuentan con una exención a la obligación de desembarque debido a su alta capacidad de supervivencia (antecedentes). Esta medida se fundamenta en el Reglamento (UE) n.º 1380/2013 de la Política Pesquera Común, que permite no aplicar el desembarque cuando existan pruebas científicas de alta supervivencia tras la devolución al mar (art. 15.4). La lista incluye especies en Aguas Occidentales y el Mar Mediterráneo bajo artes de pesca específicos.
Para los operadores pesqueros, la resolución permite la devolución al mar de ciertas especies sin incurrir en infracciones, siempre que se utilicen los artes de pesca y en las zonas estipuladas (ej. cigala en arrastre de fondo o besugo en líneas). En el Mediterráneo occidental, la exención para la cigala no es aplicable durante los meses de julio y agosto (*). El cumplimiento de estas exenciones está supeditado al uso de artes selectivos y, en el caso de la cigala en aguas suroccidentales, a la instalación de un sistema de conductos de descarte a bordo (*).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Verificar que el arte de pesca y la zona de captura coincidan con la exención para evitar sanciones por no desembarque | ||
| Instalar sistema de conductos de descarte si se pesca cigala en aguas suroccidentales para beneficiarse de la exención | * |
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