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BOE-A-2026-8368 ·16 de abril de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Entidades locales: 17 de abril de 2026 para recibir compensación por Ley 31/2022

La Resolución de 13 de abril de 2026 establece los criterios para la distribución de la compensación prevista en la Disposición Adicional 80 de la Ley 31/2022, prorrogada para 2026. Esta compensación afecta a entidades locales, con efectos desde el 17 de abril de 2026. El criterio de distribución se basa en criterios de bases aéreas, navales, cooperación militar y otros activos militares, como Cádiz, Sevilla y instalaciones en Estados Unidos (cite: texto fuente).

En 2 claves

  1. Entidades locales con bases aéreas o navales reciben compensación desde el 17 de abril de 2026 (texto fuente)
  2. La compensación está ligada a la cooperación militar y a instalaciones en EE.UU. (texto fuente)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Si la pyme tiene una base local o participación en cooperación militar

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  • Si el autónomo actúa como entidad local o tiene vínculo con instalaciones militares

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Aplica a este perfil

  • Si la empresa tiene presencia en bases militares o cooperación con EE.UU.

Aplica a este perfil

  • Si el no residente tiene vínculo con entidades locales o bases militares en España

Cómo afecta a los implicados

Las entidades locales con bases aéreas, navales o instalaciones militares en Cádiz, Sevilla o en cooperación con EE.UU. deben ajustar sus solicitudes de compensación a partir del 17 de abril de 2026. Las administraciones locales podrán beneficiarse de la asignación de recursos según los criterios establecidos. Los asesores fiscales deben verificar la pertinencia de las bases para la distribución y asegurar el cumplimiento del plazo de recepción de la compensación.

Línea de vida

2026-04-16PublicacionPublicación en el BOE
2026-04-17Entra en vigorEntrada en vigor (efectos desde el 17 de abril de 2026)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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