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BOE-A-2026-7823 ·7 de abril de 2026 ·Real Decreto Impacto medio
Administrativo

Se suprimen los arts. 60 a 63 y 92 y se añaden los arts. 85 y 85 bis del reglamento del Patrimonio Nacional

El Real Decreto 261/2026 modifica el reglamento del Patrimonio Nacional suprimiendo los artículos 60 a 63 y 92 y añadiendo los artículos 85 y 85 bis (art. 5.3). Este cambio afecta a la estructura jurídica de la gestión del patrimonio histórico y artístico, reorganizando las disposiciones sobre la administración y gestión de bienes patrimoniales.

En 2 claves

  1. Se suprimen los arts. 60 a 63 y 92 del reglamento (art. 5.3)
  2. Se añaden los arts. 85 y 85 bis al reglamento (art. 5.3)

Cómo afecta a los implicados

Las administraciones del Patrimonio Nacional deben actualizar sus procedimientos internos conforme a la supresión de los arts. 60 a 63 y 92 y a la incorporación de los arts. 85 y 85 bis. Los patronatos y entidades gestionadoras deben revisar sus normas internas y procesos de gestión de bienes. No hay cambios directos en el ámbito de los particulares o empresas.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-04-07PublicacionPublicación en el BOE
2026-04-08Entra en vigorEntrada en vigor (disposicion final primera)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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