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BOE-A-2026-7638 ·4 de abril de 2026 ·Ley Impacto alto
Administrativo

El Ilustre Colegio de Economistas de València se crea por Ley 1/2026, conforme a art. 8 de la Ley 6/1997 y art. 49.1.22 del Estatuto de 1982

La Ley 1/2026 crea el Ilustre Colegio de Economistas de València, conforme a normas existentes sobre colegios profesionales. Se basa en el art. 8 de la Ley 6/1997 y en el art. 49.1.22 del Estatuto de 1982. No establece nuevas obligaciones ni plazos para profesionales, solo la creación institucional.

En 2 claves

  1. Se crea el Ilustre Colegio de Economistas de València (art. 8 Ley 6/1997)
  2. Aplica el art. 49.1.22 del Estatuto de 1982 (art. 49.1.22 Ley Orgánica 5/1982)

Cómo afecta a los implicados

Los economistas de la Comunidad Valenciana pasan a estar regulados por un nuevo colegio profesional, con estructura y funciones definidas por la ley. No hay cambios en derechos o obligaciones directas para los profesionales, pero se establece una nueva entidad de control y registro. Las administraciones locales podrán hacer uso de la estructura colegiada en materia de formación y ética.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-04-04PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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