Se publica el IV Convenio colectivo de Lo Bueno Directo Servicio de Ventas, SLU, que entra en vigor el 1 de septiembre de 2025 y tiene vigencia hasta el 29 de febrero de 2028. El texto se regula bajo el art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y el Real Decreto 713/2010. El convenio se publica en el BOE y se registra en el sistema de convenios colectivos.
Aplica a este perfil
art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
Las empresas del sector de ventas que formen parte del convenio colectivo de Lo Bueno Directo Servicio de Ventas, SLU, deben aplicar sus condiciones laborales desde el 1 de septiembre de 2025. El plazo de vigencia es de 3 años, prorrogable. Los trabajadores están sujetos a las condiciones establecidas en el convenio. Las administraciones deben actualizar sus registros laborales conforme al nuevo convenio.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Aplicar las condiciones del IV Convenio colectivo desde el 1 de septiembre de 2025 | art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 | 1 de septiembre de 2025 |
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