Empresas del sector de ventas: 3 meses para incorporar el IV Convenio Colectivo de Lo Bueno Directo Servicio de Ventas
Ficha tecnica
Resumen
La Resolución de 23 de marzo de 2026 publica el IV Convenio Colectivo de Lo Bueno Directo Servicio de Ventas, SLU, que entra en vigor el 1 de septiembre de 2025 y se prorrogará hasta el 29 de febrero de 2028 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015). Este convenio establece condiciones laborales específicas para el sector de ventas, que deben ser incorporadas por las empresas contratantes en su régimen de trabajo.
En 2 claves
- El IV Convenio Colectivo entra en vigor el 1 de septiembre de 2025 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
- El convenio se prorrogará hasta el 29 de febrero de 2028 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas del sector de ventas
- Condiciones laborales del IV Convenio Colectivo de Lo Bueno Directo Servicio de Ventas
Aplica a este perfil
- Autónomos que trabajen en ventas
- Relación de trabajo con empresas del sector
Como afecta a los implicados
Las empresas del sector de ventas, especialmente las que trabajan con Lo Bueno Directo Servicio de Ventas, deben incorporar las condiciones del nuevo convenio colectivo en sus relaciones laborales. Los trabajadores podrán beneficiarse de las nuevas condiciones salariales y de jornada. Los asesores laborales deben verificar la vigencia y aplicabilidad del convenio en cada caso. Las administraciones públicas podrían tener que actualizar sus bases de datos de convenios colectivos.
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
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