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MEDIO
Laboral

Empresas del sector de ventas: 3 meses para incorporar el IV Convenio Colectivo de Lo Bueno Directo Servicio de Ventas

BOE-A-2026-7622

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 3 abr 2026, 14:25

Ficha tecnica

Tipo
Resolucion (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-7622
Publicacion
3 abr 2026

Resumen

La Resolución de 23 de marzo de 2026 publica el IV Convenio Colectivo de Lo Bueno Directo Servicio de Ventas, SLU, que entra en vigor el 1 de septiembre de 2025 y se prorrogará hasta el 29 de febrero de 2028 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015). Este convenio establece condiciones laborales específicas para el sector de ventas, que deben ser incorporadas por las empresas contratantes en su régimen de trabajo.

En 2 claves

  1. El IV Convenio Colectivo entra en vigor el 1 de septiembre de 2025 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
  2. El convenio se prorrogará hasta el 29 de febrero de 2028 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)

A quien afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector de ventas
  • Condiciones laborales del IV Convenio Colectivo de Lo Bueno Directo Servicio de Ventas

Aplica a este perfil

  • Autónomos que trabajen en ventas
  • Relación de trabajo con empresas del sector

Como afecta a los implicados

Las empresas del sector de ventas, especialmente las que trabajan con Lo Bueno Directo Servicio de Ventas, deben incorporar las condiciones del nuevo convenio colectivo en sus relaciones laborales. Los trabajadores podrán beneficiarse de las nuevas condiciones salariales y de jornada. Los asesores laborales deben verificar la vigencia y aplicabilidad del convenio en cada caso. Las administraciones públicas podrían tener que actualizar sus bases de datos de convenios colectivos.

Linea de vida

2026-04-03PublicacionPublicacion en el BOE

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Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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