La Orden APA/303/2026 homologa el contrato-tipo de compraventa de forrajes destinado a su transformación o comercialización para la campaña 2026/2027 (Primero). Este modelo contractual sustituye a la Orden APA/214/2025 que regía la campaña anterior (Segundo). El contrato establece la existencia de una Comisión Nacional de Seguimiento para resolver controversias y la obligatoriedad de arbitraje de equidad ante la Corte de Arbitraje de Materias Primas (Décima y Undécima).
Aplica a este perfil
Primero
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Primero
Para los productores (vendedores) y comercializadores (compradores) de forrajes, el uso de este contrato-tipo proporciona un marco jurídico estandarizado para la campaña 2026/2027. Ambas partes asumen la obligación de financiar la Comisión Nacional de Seguimiento mediante una cuota de 0,003 euros por tonelada, repartida paritariamente (0,0015 euros por cada parte) (Décima). En caso de conflicto no resuelto por la Comisión, las partes quedan obligadas a someterse a arbitraje de equidad (Undécima).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Utilizar el modelo de contrato-tipo homologado para las operaciones de la campaña 2026/2027 | Primero | |
| Liquidar la cuota de 0,0015 euros por tonelada para la Comisión de Seguimiento | Décima |
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