La Secretaría General Técnica publica la relación de aspirantes declarados aptos en los exámenes compensatorios para la obtención del título de Traductor-Intérprete Jurado (Primero). Esta resolución, basada en el procedimiento de reconocimiento de cualificaciones profesionales, determina la estimación o desestimación de las solicitudes presentadas (Tercero).
Aplica a este perfil
Primero
Para los aspirantes declarados aptos, la resolución supone la estimación de su solicitud de reconocimiento profesional (Tercero). Para quienes no figuran en la lista, se les declara no aptos, pudiendo presentarse en futuras convocatorias previa solicitud (Segundo). Los afectados disponen de un mes para interponer recurso de alzada si lo consideran necesario (Tercero).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Interponer recurso de alzada en caso de disconformidad con el resultado | art. 121 y 122 de la Ley 39/2015 | 1 mes desde el día siguiente a la publicación |
| Solicitar nueva convocatoria en caso de haber sido declarado no apto | art. 6 y 12 de la Orden PRE/189/2016 |
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