La Orden JUI/292/2026 modifica la Orden DSA/1028/2021 al suprimir su disposición adicional única, conforme al Reglamento (UE) 2021/888 y a la Ley 38/2003. Se elimina un mecanismo de control específico sobre la presentación de solicitudes de subvenciones para voluntariado. El cambio afecta a las empresas que reciben ayudas en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad (art. 2).
Aplica a este perfil
art. 2
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
art. 2
Las empresas que reciben subvenciones por voluntariado deben actualizar sus procedimientos administrativos para cumplir con el nuevo régimen, que elimina un control específico de presentación (art. 2). El plazo de adaptación es de 30 días desde la entrada en vigor. Las administraciones no sufren cambios en la gestión de solicitudes, pero deben revisar sus registros para garantizar la coherencia con el nuevo orden. El riesgo de inadecuación en la presentación de solicitudes se reduce tras la supresión del control adicional.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Actualizar procedimiento administrativo de solicitud de subvención | art. 2 | 30 días desde entrada en vigor |
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