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BOE-A-2026-7190 ·28 de marzo de 2026 ·orden Impacto medio
Subvenciones

Empresas que reciben subvenciones por voluntariado: 30 días para adaptar el procedimiento administrativo

La Orden JUI/292/2026 modifica la Orden DSA/1028/2021 al suprimir su disposición adicional única, conforme al Reglamento (UE) 2021/888 y a la Ley 38/2003. Se elimina un mecanismo de control específico sobre la presentación de solicitudes de subvenciones para voluntariado. El cambio afecta a las empresas que reciben ayudas en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad (art. 2).

En 2 claves

  1. Se suprime la disposición adicional única de la Orden DSA/1028/2021 (art. 2)
  2. Plazo de 30 días para adaptar el procedimiento administrativo (art. 2)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas que reciben subvenciones por voluntariado en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad

art. 2

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

art. 2

Cómo afecta a los implicados

Las empresas que reciben subvenciones por voluntariado deben actualizar sus procedimientos administrativos para cumplir con el nuevo régimen, que elimina un control específico de presentación (art. 2). El plazo de adaptación es de 30 días desde la entrada en vigor. Las administraciones no sufren cambios en la gestión de solicitudes, pero deben revisar sus registros para garantizar la coherencia con el nuevo orden. El riesgo de inadecuación en la presentación de solicitudes se reduce tras la supresión del control adicional.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Actualizar procedimiento administrativo de solicitud de subvención art. 2 30 días desde entrada en vigor

Línea de vida

2026-03-28PublicacionPublicación en el BOE
2026-04-28Entra en vigorEntrada en vigor (disposicion final primera)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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