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BOE-A-2026-6978 ·26 de marzo de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Los titulares de dominio público radioeléctrico: 24 de abril de 2026 para pagar la tasa por vía electrónica

La Resolución de 10 de marzo de 2026 establece el procedimiento para el pago electrónico de la tasa por reserva del dominio público radioeléctrico, derogando la anterior resolución de octubre de 2023. El pago se hará por vía electrónica a partir del 24 de abril de 2026, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1620/2005 y la Orden HAC/729/2003. Este cambio permite una gestión más eficiente y digitalizada de la recaudación de tasas en el sector de telecomunicaciones.

En 3 claves

  1. Pago de la tasa por reserva del dominio público radioeléctrico por vía electrónica desde el 24 de abril de 2026 (art. 1)
  2. Deroga la Resolución de 2 de octubre de 2023 en cuanto al procedimiento de pago (art. 2)
  3. Aplica conforme al Real Decreto 1620/2005 y la Orden HAC/729/2003 (art. 3)

A quién afecta

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  • Empresas que tengan asignado un dominio público radioeléctrico

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  • Autónomos con asignación de dominio público radioeléctrico

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  • Titulares de dominio público radioeléctrico

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  • Empresas con dominio público radioeléctrico asignado

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  • Titulares de dominio público radioeléctrico con sede fuera de España

Cómo afecta a los implicados

Los titulares de dominio público radioeléctrico deben pasar a pagar la tasa por vía electrónica a partir del 24 de abril de 2026, lo que facilita el control y reduce costes administrativos. Las administraciones tributarias y la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) obtienen mayor trazabilidad y eficiencia en la recaudación. Los asesores deben actualizar sus procedimientos para que sus clientes realicen el pago electrónicamente y cumplan con el plazo establecido.

Línea de vida

2026-03-26PublicacionPublicación en el BOE
2026-04-24Entra en vigorEntrada en vigor (art. 1)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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