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Fiscal

Doña María Jesús Blanco Blanco: indulto condicional por no cometer delito doloso durante 4 años

BOE-A-2026-6927

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 25 mar 2026, 13:35

Ficha tecnica

Tipo
Real Decreto (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-6927
Publicacion
25 mar 2026
Entrada en vigor
25 mar 2026 (en vigor)

Resumen

Se concede un indulto a doña María Jesús Blanco Blanco, condenada por estafa y falsedad mercantil, con suspensión de penas privativas de libertad bajo condición de no cometer delito doloso durante cuatro años desde la publicación del real decreto. La condición se establece en el texto del real decreto (art. 1).

En 2 claves

  1. Indulto condicional a doña María Jesús Blanco Blanco (art. 1)
  2. Condición de no cometer delito doloso durante 4 años (art. 1)

A quien afecta

Aplica a este perfil

  • Doña María Jesús Blanco Blanco, condenada por estafa y falsedad mercantil

art. 1

Como afecta a los implicados

El afectado es una persona condenada que recibe un indulto condicional, lo que implica una reducción de su pena privativa de libertad. No afecta a empresas, trabajadores ni otros sectores. Los asesores de derecho penal deben informar sobre la condición de no cometer delito doloso durante 4 años. Las administraciones penitenciarias deben verificar el cumplimiento de la condición.

Linea de vida

2026-03-25PublicacionPublicacion en el BOE
2026-03-25Entra en vigorEntrada en vigor (art. 1)

Recursos BMC para esta norma

Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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