Las empresas con más de 10 trabajadores: 3 meses para adaptar el registro de jornada o multas de hasta 7.500 EUR/trabajador
Ficha tecnica
Resumen
La Ley de Cantabria 3/2026 modifica la Ley 1/2023 de Reconocimiento a las Víctimas del Terrorismo, añadiendo un nuevo artículo 6 bis que establece obligaciones de registro de jornada para empresas con más de 10 trabajadores. Este cambio implica que estas empresas deben actualizar su sistema de registro dentro de un plazo de 3 meses, de lo contrario podrán ser sancionadas con multas de hasta 7.500 euros por trabajador (art. 4).
En 2 claves
- Empresas con más de 10 trabajadores deben adaptar su registro de jornada en 3 meses (art. 4)
- Multas de hasta 7.500 EUR por trabajador por incumplimiento del registro de jornada (art. 4)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas con más de 10 trabajadores
- Con independencia del sector
art. 4
Aplica a este perfil
- Autónomos con trabajadores a cargo podrían estar afectados si tienen más de 10 trabajadores
Como afecta a los implicados
Para empresas con más de 10 trabajadores, se genera una obligación adicional de mantener un registro de jornada actualizado, con riesgo de sanción si no cumplen el plazo. Los asesores laborales deben revisar los sistemas de gestión de jornadas y asesorar a sus clientes sobre el cumplimiento. Los trabajadores no sufren cambios directos, pero su jornada laboral será más rigurosamente controlada. Las administraciones regionales podrán exigir comprobaciones más frecuentes.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Adaptar el sistema de registro de jornada a los nuevos requisitos | art. 4 | 3 meses desde entrada en vigor |
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
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