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BOE-A-2026-6402 ·19 de marzo de 2026 ·Real Decreto Impacto medio
Subvenciones

Las salas de exhibición cinematográfica deben presentar sus solicitudes de subvención antes del 31 de diciembre de 2026

El Real Decreto 215/2026 modifica los arts. 7.1 y 11 del RD 390/2025 para establecer un plazo de presentación de solicitudes de subvención de hasta el 31 de diciembre de 2026. Antes, no existía un plazo claro. Ahora se define un límite para la presentación de solicitudes por parte de salas de exhibición cinematográfica (art. 7.1 y 11).

En 2 claves

  1. Plazo de presentación de solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2026 (art. 7.1)
  2. Modificación de los arts. 7.1 y 11 del RD 390/2025 (art. 11)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Esta normativa no afecta directamente al perfil startup.

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Esta normativa no afecta directamente al perfil gran empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil no residente.

Cómo afecta a los implicados

Para las salas de exhibición cinematográfica, se establece un plazo claro para presentar solicitudes de subvención, lo que permite planificar mejor su acceso a ayudas. Las administraciones podrán evaluar las solicitudes en un periodo definido. El plazo final es el 31 de diciembre de 2026 (art. 7.1 y 11).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Presentar solicitud de subvención antes del 31 de diciembre de 2026 art. 7.1 31-12-2026

Línea de vida

2026-03-19PublicacionPublicación en el BOE
2026-03-19Entra en vigorEntrada en vigor (disposición final)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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