El Convenio colectivo estatal de mantenimiento y conservación de instalaciones acuáticas se publica y regula desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2027, conforme a lo establecido en el art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015. Este periodo es prorrogable. Las empresas del sector deben aplicar sus condiciones salariales y de trabajo según el convenio, que incluye tablas salariales corregidas y publicadas en la resolución de 11 de mayo de 2026.
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art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
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Las empresas del sector de instalaciones acuáticas deben ajustar sus contratos y condiciones de trabajo a partir del 1 de enero de 2025. Los trabajadores obtienen mayor protección salarial y de trabajo conforme al convenio. Los asesores laborales deben verificar el cumplimiento del convenio y las tablas salariales actualizadas. Las administraciones públicas deben garantizar la publicación y accesibilidad del convenio.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Aplicar las condiciones del convenio colectivo estatal desde el 1 de enero de 2025 | art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 |
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